Página de la Mancomunidad Tierra de Tábara
Protección del medio ambiente y, en general, conservación de la naturaleza. Protección civil. Prevención y extinción de incendios. Protección de la salubridad pública. Participación en la gestión de la atención primaria de la salud. Servicios sociales y de promoción y reinserción social. Ordenación, gestión, ejecución y disciplina urbanística. Pavimentación de vías públicas urbanas. Conservación de caminos y vías rurales. Parques y jardines. Creación, mantenimiento y conservación de instalaciones y redes de suministro y evacuación, cloración y saneamiento. Creación, mantenimiento y conservación de alumbrado público. Asistencia técnica y administrativa. Recaudación de recursos económicos. Fomento del turismo y creación de las correspondientes infraestructuras. Fomento del sector agrícola, vinícola, ganadero y forestal. Promoción, fomento y desarrollo de la cultura. Promoción, fomento y desarrollo del deporte, y Servicio de Matadero. Conforme determina el artículo 32.2 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, la Mancomunidad no podrá asumir la totalidad de las competencias asignadas a los respectivos municipios.
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