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Reseñas, información para Policía Local

Dirección: 2 Plaza La Jarcia, 11510 Puerto Real
Teléfono: +34 856 21 33 66
Ciudad: Puerto Real
Ruta: 2 Plaza La Jarcia
Código postal: 11510


Reseñas
Esta reseña la escribo en agradecimiento al trato recibido por parte de la comisaría de Policía local de Puerto Real, Cádiz. Llevo cinco años viviendo en Puerto Real y por motivo de unas llaves perdidas, he tenido que acudir a estas dependencias donde un ciudadano ha tenido la gentileza de llevar dichas llaves. Gracias ante todo a esta persona que con su gesto me ha demostrado que aún existe civismo y buen proceder. Y al personal de la policía local que me ha atendido, su amabilidad y trato exquisito recibido, y reconocer su labor diaria en la localidad. Detrás de esos uniformes a veces algo fríos, hay personas con corazón y dedicación al servicio de la sociedad. GRACIAS.
Acabo de llamar para notificar que una persona va con el perro suelto y se me abalanza, es como la décima vez que llamo para lo mismo, lo que me.comenta el agente que me ha cogido el teléfono está vez no los incluyo a todos es que denuncie a esta persona, porque no puede enviar a una patrulla para eso, le he dicho que eso es de su competencia puesto que se trata de una persona que está infringiendo la ley. No se para que entonces tendré que llamar, y para que están, sino es para ayudar a los vecinos de puerto real.
Pero esto qué es? pidiendo una prueba sanitaria la policía?Básicamente no se puede discriminar a nadie y porque se estaría así vulnerando los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos.denuncien a quien le pida cualquier prueba sanitaria pongan la denuncia da igual lo que le diga la policía pídanle el número de identificación si no se lo dan ....... coger la matrícula apuntar el día y la fecha tenéis suficiente y denunciar que creis que se está cometiendo una ilegalidad ya decidirá el juez .no se lo penséis la denuncia no vale dinero.yo estoy flipando vamos la policía vulnerando todos nuestros derechos por una ley del boja una ley inferior. Si alguien pues, le prohíbe la entrada a un establecimiento público por cualquier razón; exigiéndole que le muestre datos privados y personales que no sea para comprobar únicamente la mayoría de 16 años de edad estaría atentando contra su intimidad y vulnerando los: -----Derechos Fundamentales promulgados por la Constitución española en los art. 14 y 18.1 -----Ley 41/2002 de la Ley del Consentimiento Informado y Derechos del Paciente, ----Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, en sus art. 4.2 y 5.1 -----Código Penal en su art. 510.1 sobre el Delito de Odio. atribuidos a todo aquél que fomente, inciten o participen de alguna manera a discriminar... Por otro lado, La Policía NO PUEDE HACER CUMPLIR LEYES QUE MANIFIESTAMENTE SEAN ILEGALES. Porque ciertamente, se han dado a lo largo de muchos años, leyes que contradecían la Carta Magna La Constitución y que posteriormente quedaron derogadas. Y es por ello, que ya la Ley Orgánica 2/1986 de 13 de Marzo de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, estableció en su art. 5.1 lo siguiente: "b Actuar, en el cumplimiento de sus funciones, con absoluta neutralidad política e imparcialidad y, en consecuencia, sin discriminación alguna por razón de raza, religión u opinión. c Actuar con integridad y dignidad. En particular, deberán abstenerse de todo acto de corrupción y oponerse a él resueltamente. d Sujetarse en su actuación profesional a los principios de jerarquía y subordinación. En ningún caso la obediencia debida podrá amparar órdenes que entrañen la ejecución de actos que manifiestamente constituyan delito o sean contrarios a la Constitución o a las Leyes. EN RESUMEN. TENGAN MUCHO CUIDADO AL APLICAR NUEVAS NORMAS Y LEYES QUE MANIFIESTAMENTE PUDIERAN IR EN CONTRA DE LA CONSTITUCIÓN. Tengan presente que, por ejemplo los resultados de una analítica clínica o de salud, es rigurosamente privado. Ni tan si quiera la policía puede ni debe pedirle ver sus resultados de ninguna prueba de salud. De hecho cuando se lo dan en su centro de salud o su médico, se lo entregan en sobre cerrado. La denuncia por infringir la Ley de protección de datos de carácter personal como es un resultado de una prueba de salud está castigado con cuantiosas multas de miles de euros. RECUERDE: NINGUNA LEY DE RANGO INFERIOR, PUEDE IR CONTRA OTRA DE RANGO SUPERIOR. *****SI ALGUIEN LE IMPIDE EL PASO, VULNERANDO ALGUNA DE LAS CITADAS LEYES, VAYA DIRECTAMENTE AL JUZGADO Y DENÚNCIELO/S.*****espero encontrarme con ustedes
Formo parte de esta comunidad de Puerto Real, desde hace 19 años y medio, el tiempo, hace que pueda juzgar la extraordinaria policía municipal, de la que todos disfrutamos, además de los riesgos personales que asumen voluntariamente en mi defensa, son unos Buenos Hombres, generosos, cumplidores, con una infinita paciencia, que ejercen su deber entre nosotros, como hermanos mayores, son conciliadores, con un enorme sentido común, y consiguen lo más difícil, que convivamos en hermandad. Muchas gracias.
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