Pontificia, Real, Venerable e Ilustre Hdad. Franciscana y Cofradía de Nazarenos de NPJ de la Humildad y Paciencia y María Santísima de la Paz y Esperanza
La Pontificia, Real, Venerable e Ilustre Hermandad Franciscana y Cofradía de Nazarenos de Nuestro Padre Jesús de la Humildad y Paciencia y María Santísima de la Paz y Esperanza es una asociación pública de fieles con personalidad jurídica propia constituida en la Diócesis de Córdoba, al amparo de lo establecido en el Código de Derecho Canónico, según reza su naturaleza en las Reglas de esta Corporación, con la contemplación de las siguientes finalidades, que todo hermano perteneciente a la misma deberá seguir:
1) Fomentar entre sus cofrades el amor a Jesucristo y el cumplimiento de su mensaje evangélico de amor, paz y unión entre los hombres.
2) Hacer que los cofrades, siguiendo el ejemplo de Jesús, cultiven el amor al prójimo, cuidando de que formen una verdadera Hermandad y presten la ayuda que esté en su mano a cuantos la necesiten.
3) Fomentar la devoción a Nuestro Padre Jesús de la Humildad y Paciencia y a María Stma. de la Paz y Esperanza, procurando que esta devoción se traduzca en la práctica de las virtudes cristianas.
4) Tributar culto, con la mayor solemnidad posible, a las imágenes de sus Sagrados Titulares.
5) Facilitar el perfeccionamiento espiritual y humano de los cofrades mediante actos formativos y culturales.
6) Intensificar el contacto con otras entidades de iguales o semejantes fines, para mejorar lograr sus objetivos.
7) Realizar cuantas otras actividades tiendan a elevar el nivel espiritual y humano de sus cofrades
FINES CARITATIVOS DE LA HERMANDAD:
Según prescriben las Reglas de esta Hermandad y Cofradía en su Título II, Regla 4.4:
1) La Hermandad fomentará el amor al prójimo procurando una proyección hacia los demás, especialmente de los enfermos y necesitados. Asimismo, la Hermandad, estimulará la visita a enfermos y ancianos, tanto en centros asistenciales como en sus domicilios.
2) Estimular la participación de los hermanos en obras asistenciales y de ayuda a los necesitados, especialmente con su prestación personal, bien a través de las propias de la Hermandad o colaborando en las otras Instituciones o Cofradías.
3) Cuando se tenga conocimiento de enfermedad de algún hermano, se dará aviso al Hermano Mayor para que por sí o por algún miembro de la Junta de Gobierno; se le visite y procure, si el caso lo requiere, facilitarle auxilios espirituales de acuerdo con el Director Espiritual y la ayuda material que la Cofradía pueda prestarle, si fuese necesario.
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